La Federación Canaria de Automovilismo ha publicado la circular 1-2001 con fecha 3 de marzo de 2021 en la que da cumplimiento al mandato de la Asamblea General Ordinaria por la que se le instaba a publicar una comunicación aclaratoria sobre las medidas de extinción obligatorias en los vehículos participantes durante la temporada 2021.

En concreto, la mencionada circular (a la que se puede acceder en la página web www.fcautomovilismo.com) aclara el artículo 9 de las «Prescripciones Comunes para todas las Competiciones». Éste hace referencia a las «Medidas de seguridad y prescripciones técnicas para todas las especialidades» y, más concretamente, su punto 12 en su segundo párrafo.

El contenido del mismo queda aclarado en los siguientes términos literales «Todos los vehículos de competición cuyos equipos de extinción hayan sido revisados por empresas especialistas en el sector de extinción, debidamente dadas de alta por la Conserjería de Industria de Canarias, Están autorizados a participar en la presente Temporada 2021 hasta su fecha de caducidad. Para un nuevo mantenimiento y retimbrado del sistema de extinción, una vez caducadas las mismas, únicamente puede realizarlas el fabricante o empresa autorizada por escrito».

La misma circular se completa haciendo una síntesis de las normas FIA vigentes «Actualmente existen dos las normas que regulan los sistemas instalados de extinción disponibles: Norma 1999 (antigua) y Norma FIA 8865-2015 (moderna)».

Finaliza indicando que las empresas VL MOTORSPORT y PROFESSIONAL RACING SUPPLIER están autorizadas para realizar el mantenimiento y retimbrado en Canarias de las marcas SPARCO y LIFELINE (la primera) y OMP (la segunda).

Puede acceder al documento de la circular pulsando sobre este link: http://www.fcautomovilismo.com/circulares/circulares/Circular1Sistemasdeextincin.pdf?utm_source=sendinblue&utm_campaign=FCA_DIF_142021_PUBLICADA_CIRCULAR_EXTINCION&utm_medium=email